
Ya lo avanzaba el ministro de Economía, Luis De Guindos, en conversación con el comisario europeo de Asuntos Económicos, Olli Rehn: “la reforma laboral será extremadamente agresiva”.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría asegura que la reforma laboral marcará un antes y un después en la legislación española, puesto que las nuevas leyes sobre el mercado laboral van a formar las bases para la creación de empleo según su punto de vista.
El Ejecutivo ha calificado como “histórica” la reforma laboral aprobada el 7 de febrero de 2012. A continuación os mostramos las principales medidas de esta reforma:
Despidos e Indemnizaciones
- Rebajar las indemnizaciones por despido improcedente a 33 días, sustituyendo los contratos con indemnización de 45 días por año trabajado.
Para las personas con contratos antiguos, esta reducción se aplicará únicamente durante el período de trabajo que realicen a partir de la aprobación de la reforma. Estos contratos conservan el derecho a obtener una indemnización de hasta 42 mensualidades.
- Las causas del despido objetivo se amplían, de tal manera que las empresas que registren una caída de ingresos o ventas a lo largo de 3 meses consecutivos, podrán recurrir al despido con una indemnización de 20 días por año trabajado.
- Los directivos de empresas públicas que dejen su cargo sólo tendrán derecho a 7 días de indemnización por año trabajado, situando el límite en un máximo de 6 mensualidades.
De igual modo, aquellos directivos que tengan una relación previa con la Administración, como por ejemplo los funcionarios, no recibirán indemnización ya que pueden volver a su actividad laboral previa.
- Los directivos de entidades financieras que hayan sido sancionados no tendrán derecho a ser indemnizados por despido.
- Las empresas que despidan a más de 100 trabajadores estarán obligadas a hacer un plan de recolocación externa. Este plan deberá estar diseñado para un período de 6 meses.
Contratación
- Nuevo contrato indefinido que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Este contrato incluirá la deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer trabajador menor de 30 años.
Además, el desempleado podrá compatibilizar su nuevo sueldo con el 25% de la prestación por desempleo que recibe, si así lo desea.
- Bonificaciones a la contratación. Los jóvenes de entre 16 y 30 años tendrán una bonificación en la cuota de la Seguridad Social de hasta 3.600 euros durante 3 años. El primer año recibirán 1.000 euros, el segundo 1.100 y el tercero 1.200.
Los parados de larga duración que sean mayores de 45 años y lleven desempleados 12 meses de los 18 anteriores a la contratación, también se beneficiarán de esta bonificación con 1.300 euros cada uno de los 3 años. Las mujeres que trabajen en sectores donde este colectivo tenga poca representación, podrán recibir además otros 1.500 euros adicionales.
- Fin del encadenamiento indefinido en contratos temporales que superen los 24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012.
Convenios
- Los convenios colectivos vencidos tendrán una prórroga máxima de 2 años. Los acuerdos que no sean alcanzados serán resueltos en un período de 25 días tras acudir una de las partes a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos o equivalentes autonómicos.
- Los convenios de empresa tendrán prioridad, al margen de lo pactado en convenios de nivel superior, con el fin de facilitar a la empresa una flexibilidad interna. Además, las empresas que presenten muchas dificultades tendrán la posibilidad de desvincularse de de los convenios.
Otras medidas
- Cuenta de formación para los trabajadores que tengan más de un año de antigüedad, con derecho a 20 horas de formación pagadas por los empresarios en los centros de trabajo.
- Búsqueda de empleo a través de la intermediación privada. Las ETT podrán actuar como agencias de colocación colaborando con el sector público.
- Los ERE (Expedientes de Regulación de Empleo) ya no necesitarán una autorización administrativa previa.
- El absentismo laboral de carácter individual será desvinculado del absentismo general de la plantilla, por lo que éste podrá considerarse causa de despido. Además, las empresas podrán colaborar con las Mutuas de Trabajo para analizar la incapacidad temporal del trabajador.
- Se pretende combatir el fraude y la economía sumergida a través del Plan especial de la inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Quedarán suprimidos los incentivos para los contratos por reincorporación de las mujeres tras su permiso por maternidad.
Actualmente son más de 5 millones de desempleados los que se encuentran en España, y se prevé que las cifras continúen subiendo.
¿Conseguirá la nueva reforma laboral mejorar las cifras del paro? o ¿Provocará nuevas huelgas como se le escapó comentar al presidente Rajoy? Queremos conocer tu opinión.
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